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Número de Registro en el Banco de España E397hipoteca para Autopromoción
Construir su propia casa se financia de una forma distinta a comprarla. El banco no entrega el dinero de golpe, sino a medida que la obra avanza; no tasa una vivienda, sino un proyecto; y antes de soltar el primer euro quiere ver el suelo a su nombre, la licencia concedida y el presupuesto cerrado. A cambio, suele salir más barato que comprar lo mismo ya construido. Aquí le explicamos cómo funciona ese préstamo paso a paso, cuánto dinero propio necesita realmente, qué papeles bloquean la operación si faltan y qué ayuda pública existe si construye en un municipio pequeño.
¿Puede construir su casa solicitando hipoteca?
¿Qué es una hipoteca de autopromoción?
Es el préstamo que se concede a quien construye su propia vivienda, en suelo de su propiedad y para uso propio. No se parece a una hipoteca de compra en lo esencial: el dinero no se entrega de una vez, sino por fases, según avanza la construcción.
Las fases de disposición
Lo habitual es que el préstamo se libere en tres o cuatro tramos.
Un primer tramo al firmar, normalmente vinculado al valor del suelo, si el suelo aún no está pagado del todo o si se acepta como aportación.
Tramos intermedios según certificaciones de obra, que firma el arquitecto o el director de la ejecución y que acreditan el porcentaje de obra realmente ejecutado. El banco envía a su tasadora a comprobarlo antes de liberar cada tramo.
Un tramo final al terminar, contra el certificado final de obra y la licencia de primera ocupación.
Durante la construcción suele pactarse un periodo de carencia: usted paga solo intereses de lo dispuesto, no capital. Es lo que hace soportable el solape entre el alquiler donde vive y la obra que está pagando.
Cuánto dinero propio hace falta
Más que en una compra, y esta es la cuenta que conviene hacer antes de empezar.
El suelo. Normalmente tiene que ser suyo y estar pagado, o al menos aportar usted una parte sustancial. Muchas entidades consideran el suelo como su aportación al proyecto.
La financiación se calcula sobre el presupuesto de ejecución, no sobre el valor final de la casa. Y se financia un porcentaje de ese presupuesto, no el cien por cien.
Los honorarios técnicos, los impuestos y las tasas van aparte. Proyecto, dirección de obra, licencia, Actos Jurídicos Documentados de la escritura de obra nueva, y el seguro de la construcción.
Y conviene presupuestar una reserva para imprevistos. En obra los hay siempre, y el banco no amplía el préstamo a mitad de la construcción con la misma facilidad con que lo concedió.
Los papeles sin los que no hay préstamo
Esta es la parte que más operaciones retrasa, y casi todo depende de terceros.
- La escritura del suelo a su nombre y la nota simple registral.
- El proyecto básico y de ejecución visado por el colegio profesional.
- La licencia de obra concedida por el ayuntamiento. No la solicitud: la concesión.
- El presupuesto cerrado de la constructora.
- El estudio de seguridad y salud y la designación de la dirección facultativa.
- El seguro de todo riesgo construcción.
- La tasación, que aquí es distinta. No se tasa una casa que existe, se tasa el valor del inmueble terminado sobre proyecto. Eso significa que la tasadora valora lo que habrá cuando la obra acabe, a partir del proyecto visado, y que el banco financia sobre esa cifra o sobre el presupuesto, lo que sea menor.
- Y necesitará, como en cualquier hipoteca, el certificado de eficiencia energética. En obra nueva se emite con el proyecto y no suele dar problemas, pero sin él la tasación no se puede emitir.
Las garantías de la obra: su caso es especial
Aquí hay una regla que le interesa conocer y que casi nadie le va a explicar.
La Ley de Ordenación de la Edificación obliga al promotor a suscribir una garantía de diez años por los daños que afecten a la estructura y la estabilidad del edificio, la llamada garantía decenal. Y prohíbe inscribir la escritura de obra nueva sin acreditarla.
Pero exceptúa expresamente de esa obligación al autopromotor individual de una única vivienda unifamiliar destinada a uso propio. Es decir, usted no está obligado a contratarla para construir su casa.
Con una condición muy importante: si vende la vivienda antes de que se cumplan los diez años, sí debe contratarla.
Piénselo desde el principio, porque contratar una decenal con la obra terminada es mucho más caro y complicado que contratarla antes de empezar, y a veces imposible si no hubo un organismo de control técnico siguiendo la obra. Si existe alguna posibilidad de que venda en esos diez años, el momento de decidirlo es ahora, no cuando aparezca el comprador.
Los trámites finales que cierran la operación
Terminada la obra hacen falta el certificado final de obra firmado por la dirección facultativa, la licencia de primera ocupación, el alta en el catastro y la escritura de declaración de obra nueva terminada, que es la que hace que la casa exista jurídicamente y que la hipoteca quede correctamente constituida sobre ella.
Hasta que eso no está hecho, su préstamo no está cerrado.
Si construye en un municipio pequeño, hay una ayuda estatal.
El Plan Estatal de Vivienda 2026-2030, aprobado por el Real Decreto 326/2026, incluye una ayuda específica para la autopromoción de vivienda en municipios o núcleos de población de 10.000 habitantes o menos. Estas son sus condiciones:
- Cuantía: hasta 15.000 euros por vivienda y, a la vez, nunca más del 20 por ciento del coste de construcción.
- Edad: 35 años o menos en el momento de solicitarla.
- Ingresos: hasta cinco veces el IPREM; 5,5 con discapacidad reconocida del 33 por ciento o más y 6 con el 65 por ciento o más.
- Hay que ser propietario o usufructuario de una parcela o solar edificable en ese municipio.
- El coste de la construcción, sin incluir el valor del suelo, no puede superar los 250.000 euros en Canarias.
- La vivienda debe ser su residencia habitual y permanente durante al menos cinco años desde la finalización de la obra, y debe ocuparla en un plazo máximo de tres meses desde esa fecha.
- Como máximo pueden autopromoverla dos personas, y la ayuda se reparte entre ambas según su cuota.
Y hay dos plazos que conviene anotar: la ayuda no se concede si las obras se inician una vez transcurridos doce meses desde la notificación de la concesión, y las obras deben ejecutarse en un plazo máximo de veinticuatro meses desde su inicio. El abono se produce cuando acredita el inicio de las obras mediante certificado de técnico competente, condicionado a que acredite también su finalización.
Como todas las ayudas del Plan Estatal, la convoca y la paga la comunidad autónoma. En Canarias, a fecha de hoy, no hay convocatoria abierta.
Qué le recomendamos
Cierre el presupuesto antes de ir al banco, no después. Una hipoteca de autopromoción se estudia sobre un proyecto y un presupuesto, y sin ellos la conversación no empieza.
No firme con la constructora antes de tener la financiación aprobada.
Negocie la carencia y, sobre todo, el calendario de disposiciones: que coincida con el calendario real de pagos a la constructora y no al revés, porque el desfase lo financia usted.
Y decida pronto lo de la garantía decenal, por lo que le hemos explicado.
Contacte con nosotros. Podemos estudiar su caso, valorar sus posibilidades para solicitar una hipoteca y aconsejarele si es posible mejorar su perfil.
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